¿Qué pasa con las obras nuevas y la normativa sobre la baldosa podotactil ?

Normativa sobre la baldosa podotáctil

Seguro que más de una vez te has topado con la famosa baldosa podotáctil en cualquiera de sus formatos, con texturas a rayas o en punto en diferentes lugares como edificios, estación del metro y demás lugares públicos. Se trata del pavimento podotáctil o suelo podotáctil que se componen con este tipo de baldosa podotáctil. Su finalidad es que las personas con discapacidad visual puedan tener accesibilidad en lugares públicos y privados.

Es por ello, que cada vez vemos más integración de esta señalización podotáctil en la arquitectura y las obras nuevas. La accesibilidad en la actualidad es obligatoria en edificios y en cualquier obra nueva que se esté ejecutando.

Integrar pavimento podotáctil en áreas comunes y urbanas significa lograr que las personas con discapacidad se sienta segura de transitar por espacios públicos urbanos.

¿Qué establece la ley? ¿Existe una normativa pavimento podotáctil?

En España rige una ley  8/2013 donde se establece que todo edificio de obra nueva o en rehabilitación hay que colocar obligatoriamente señalizaciones de accesibilidad, Puedes revisarla en BOE

Por otro lado, el pavimento de baldosa podotáctil debe garantizar a cada ciudadano con o sin discapacidad, calidad de vida para disfrutar de una vivienda digna y bien establecida.

En el caso de la ciudad de Madrid, el decreto 13/2007 establece la aprobación del Reglamento Técnico de Desarrollo en Materia de Promociones de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas con el fin de proporcionar la accesibilidad a todas esas personas con discapacidades intelectuales, sensoriales y físicas. Puedes revisar esta normativa en este enlace llamado: LEYES Y DECRETOS SOBRE ACCESIBILIDAD EN MADRID

Otros aspectos a tener en cuenta sobre la normativa

La normativa para el pavimento de baldosa podotáctil está regulada por las autoridades y debe tener en cuenta lo siguiente:

  • Los pavimentos deben ser de fácil detección y sobre todo antideslizante.
  • Las franjas en sentido transversal se colocarán en rampas, escaleras y delante de las puertas de ascensores en el caso de las edificaciones.
  • Se colocará pavimento podotáctil de encaminamiento en sentido transversal, para que las personas invidentes puedan pasar por la línea de fachada o el límite edificado a nivel del suelo.
  • Los puntos de tránsito peatonal, deben estar señalizados por pavimento podotáctil.
  • Si en el itinerario peatonal se encuentra en obra pública, se deberá colocar un pavimento de encaminamiento provisional para que la persona invidente tenga acceso a un camino alternativo.
  • Entre el itinerario de vehículo y el del peatón, se colocarán franjas de 0,60 m de fondo.

En Hercenpo somos expertos en accesibilidad universal ofrecemos el estudio de los proyectos tanto de obra nueva como rehabilitación, guiándonos de las leyes y normativas implantas para la accesibilidad, para brindarle acceso al libre tránsito de personas con discapacidad visual de forma autónoma y libre de obstáculos. .

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Como especialistas en Accesibilidad Universal y Diseño para Todos ofrecemos un servicio de consultoría contemplando la accesibilidad como un elemento transversal.

A la hora de plantear un proyecto valoramos las necesidades físicas, sensoriales y cognitivas de las personas en cualquier ámbito de su vida e identificar soluciones globales y/o específicas.

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